Viene el regreso a clases presenciales ¿qué pasará con los alumnos que no regresen a las aulas??
Con el avance de los estados a Semáforo Verde la Secretaría de Educación Pública (SEP) emitió Consideraciones Generales para el regreso a clases presenciales.
A fin de evitar contagios de COVID-19 se establecerán lineamientos sanitarios y una estrategia mixta entre clases presenciales y el programa Aprende en Casa.
Los alumnos que retomen las clases presenciales deberán presentar en su escuela una carta responsiva firmada por el padre, madre o tutor en donde se indique que no presentan ningún síntoma relacionado al COVID-19.
El uso de cubrebocas será obligatorio en tanto que se deberá respetar la sana distancia y establecerse filtros sanitarios.
Las clases serán en dos grupos: la mitad irá lunes y miércoles y la otra mitad los martes y jueves. Ambos turnos contarán con recesos escalonados. Los viernes serán para cursos extraordinarios de recuperación.
Para aquellos alumnos que no regresen a clases presenciales la Secretaría de Educación Pública (SEP) estableció que serán incorporados a un programa de renivelación a fin de valorar los conocimientos adquiridos y ser posteriormente reintegrados al nivel o grado respectivo.
Los menores que continúen el aprendizaje en casa deberán estar inscritos a una escuela y manifestar por escrito que es su plena voluntad dejar de asistir a clases presenciales.
En ningún caso, se frenará el transito educativo de grado o nivel en educación básica de las y los alumnos que cursaron el ciclo escolar 2020-2021 al 2021-2022″, afirma la SEP.
En el caso de las escuelas de Educación Media Superior y aquellas con reconocimiento de validez oficial de estudios otorgado por la SEP, las autoridades escolares deberán revisar el grado de abandono escolar y reportarlo a la Subsecretaría de Educación Media Superior.
Las instituciones que impartan educación media superior podrán aplicar diversas disposiciones que favorezcan la formación integral de los educandos, como la renuncia a calificaciones de UAC o periodo escolar completo, acreditación de aprendizajes adquiridos de forma autodidacta o por experiencia laboral, entre otros, los cuales se podrán aplicar en los primeros seis meses del siguiente ciclo escolar, sin afectar el acceso, permanencia o egreso exitoso de los estudiantes. En ningún caso se podrá utilizar los criterios de asistencia para la evaluación.